Legalización del autoconsumo

IN407B: qué es y cómo comunicar el autoconsumo al registro en Galicia

El IN407B es la comunicación al registro de autoconsumo de la Xunta para instalaciones en baja tensión de menos de 100 kW. La presenta el titular por la sede, después del IN614C, con el anexo I o II. Es gratuita y siempre telemática.

Por Suntropy · Actualizado el · Verificado contra las fuentes oficiales el 4 de noviembre de 2026 · Markdown

En resumen

  • El IN407B es el procedimiento de la sede de la Xunta para inscribir en el registro de autoconsumo las instalaciones con la generación en baja tensión y menos de 100 kW.
  • Lo presenta el titular (o su representante) después de registrar la instalación eléctrica con el IN614C.
  • Es un formulario normalizado de la sede (anexo I o anexo II, según el caso), obligatoriamente telemático también para particulares, y gratuito.
  • La Xunta consulta de oficio el DNI o NIF, el boletín de baja tensión, la autorización de explotación y la inscripción como productor, si los hay.
  • La distribuidora tiene 5 días hábiles para aceptar u oponerse (IN407C), y la Xunta notifica en un máximo de 15 días hábiles.

El IN407B es el código del procedimiento de la sede de la Xunta con el que se comunica una instalación de autoconsumo al registro de autoconsumo. Es para instalaciones con la generación conectada en baja tensión y una potencia instalada de menos de 100 kW. Lo presenta el titular, por internet, y no tiene tasa.

Es el segundo paso en Galicia: primero se registra la instalación eléctrica con el IN614C, y después se comunica el autoconsumo con el IN407B. El procedimiento completo está en la guía de legalización del autoconsumo en Galicia.

El IN407B en una tabla

DatoIN407B
Nombre en la sedeRegistro de instalaciones de autoconsumo en baja tensión y potencia menor de 100 kW
Para quéInscribir el autoconsumo en el registro autonómico, que la Xunta traslada al Ministerio, y comunicarlo a la distribuidora
Quién lo presentaEl titular, persona física o jurídica que hace el autoconsumo, o su representante
CómoSólo electrónico, con el formulario normalizado de la sede: anexo I o anexo II, según el caso. Con cualquier sistema de firma que admita la sede, también Chave365. En papel se devuelve para subsanar por la sede
TasaNinguna: la ficha lo describe como de acceso gratuito
PlazosAbierto todo el año. La distribuidora responde en 5 días hábiles (IN407C) y la Xunta notifica en 15 días hábiles, siempre por medios electrónicos
A quién vaA la jefatura territorial de la provincia donde está la instalación. Lo gestiona la Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Dónde estáFicha del IN407B en la sede

Cuándo se usa

  • Siempre que haya autoconsumo con la generación en baja tensión y menos de 100 kW, con o sin excedentes, después del IN614C.
  • Con excedentes de más de 10 kW, también después de la autorización de explotación (IN408A): la Xunta la consulta de oficio.
  • Por encima de 100 kW o en alta tensión, el IN407B no aplica: mira la guía de la comunidad.

Qué datos pide

No hay que adjuntar documentos: la Xunta consulta de oficio el DNI o NIE del titular y del representante, el NIF si es una empresa, el certificado de baja tensión del IN614C, la autorización de explotación y la inscripción en el registro de productores de Galicia, si los hay. Si el titular se opone a esa consulta, tiene que marcarlo en el formulario y aportarlos él.

Lo que sí hay que teclear son los datos del anexo II del Real Decreto 244/2019, los mismos que todas las comunidades remiten al registro estatal:

  • Modalidad y sección: sección 1.ª sin excedentes; sección 2.ª con excedentes, subsección a si se acoge a compensación, b si no. Individual o colectivo, y conexión en red interior o a través de red.
  • Consumidor: nombre o razón social y NIF, dirección del suministro, CUPS, tensión, potencia contratada y distribuidora.
  • Generación: el CAU (código de autoconsumo de 26 caracteres que asigna la distribuidora), titular de la generación, dirección y referencia catastral, tecnología (fotovoltaica, grupo b.1.1), potencia instalada, que es la de los inversores, y potencia pico de los módulos.
  • Almacenamiento, si hay baterías: potencia y capacidad.

El formulario de la sede indica qué anexo toca y qué casillas son obligatorias en cada caso.

Errores típicos

  • Presentarlo antes del IN614C. La Xunta comprueba de oficio el boletín de baja tensión: sin él, el IN407B se queda sin base.
  • Darlo por hecho. El IN614C no inscribe el autoconsumo. Sin el IN407B la instalación no llega al registro de autoconsumo y la distribuidora no recibe la comunicación de la Xunta.
  • Poner la potencia de los paneles como potencia instalada. Es la de los inversores (la suma de sus potencias máximas).
  • Un CAU que no coincide con el de la distribuidora o con el que figura en el resto del expediente.
  • Marcar «con excedentes» sin decir si se acoge a compensación (subsección a) o no.
  • Presentarlo en papel: aunque el titular sea un particular, la Xunta lo devuelve para que se haga por la sede.

Relación con los demás documentos

  • IN614C: el registro de la instalación eléctrica, con la memoria técnica y el certificado de instalación. Va antes.
  • IN408A: la autorización de explotación, con excedentes de más de 10 kW. Va antes.
  • IN407C: la respuesta de la distribuidora a los datos del IN407B. No la presenta el titular.
  • Contrato de compensación con la comercializadora, si se compensan excedentes.

Los datos que pide el IN407B son los mismos que llevan la memoria y el certificado: si los tienes en una hoja, sólo los copias. El paquete gratuito de Galicia trae los modelos del IN614C y la checklist del expediente.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IN407B?

Es el procedimiento de la sede de la Xunta para comunicar una instalación de autoconsumo al registro de autoconsumo, cuando la generación está en baja tensión y tiene menos de 100 kW. Lo presenta el titular, después del registro de baja tensión (IN614C).

¿Dónde se descarga el IN407B?

No se descarga: es un formulario normalizado de la sede de la Xunta (anexo I o anexo II, según el caso) que se rellena y se firma en la propia sede.

¿Quién presenta el IN407B?

El titular de la instalación, persona física o jurídica, o su representante. La presentación es obligatoriamente electrónica, también para particulares.

¿Cuánto cuesta el IN407B?

Nada. La ficha de la sede lo describe como un procedimiento de acceso gratuito.

¿Cuánto tarda el IN407B?

La distribuidora tiene 5 días hábiles para aceptar u oponerse a los datos (procedimiento IN407C). Después, la jefatura territorial notifica al titular en un máximo de 15 días hábiles, por medios electrónicos.

¿Hace falta el IN407B por encima de 100 kW?

No es este procedimiento: el IN407B es para generación en baja tensión de menos de 100 kW. Por encima, o en alta tensión, el registro va por otra vía; consulta la guía de Galicia.

Fuentes

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